jueves, 27 de febrero de 2014

Es la separación de poderes

  
Con un poder legislativo y un poder ejecutivo controlado por los propios partidos, y con un poder judicial de posibilidades muy limitadas, ¿qué nos queda para promover la transformación de este estado de cosas? Que la presión de la sociedad civil se haga efectiva para imponer una reforma sustantiva, o una revolución política que emplee y desborde los cauces institucionales (…)
 

Yo he cumplido mi compromiso. Con esta Cámara. Con todos ustedes, señorías y con los españoles. Son palabras de Mariano Rajoy en el reciente Debate sobre el Estado de la Nación. Se refería al paquete de medidas contra la corrupción que su gobierno ha aprobado durante el último año para controlar la actividad económica de los partidos políticos y el de los altos cargos. Una declaración excesivamente complaciente si tenemos en cuenta que esas medidas son, aún, proyectos de ley.

El pasado mes de enero, se publicó el informe 2014 del Grupo de Expertos del Consejo de Europa sobre la corrupción en España (GRECO). Sus principales conclusiones abundan en la idea de que la corrupción en nuestro país está muy extendida. Además, el informe denuncia la necesidad de instaurar más controles en el funcionamiento del Parlamento en los ámbitos de la regulación de lobbies, en la transparencia e información sobre los bienes de los parlamentarios, en el grado de democracia interna en los partidos, etc. También argumenta que los jueces y fiscales encargados de impartir justicia no solo están sobrecargados sino que los órganos de gobierno del poder judicial se encuentran excesivamente politizados. Todo ello tiene como efecto que la Administración de Justicia sea mucho más lenta de lo deseable. La consecuencia inmediata es que la corrupción salga barata o ni siquiera se sancione.

También a nivel comunitario un reciente informe publicado por la Comisión Europea advertía que la corrupción es un problema habitual en Europa. El 75% de los europeos encuestados así lo percibe en sus países de origen y el 95% en el caso español. El informe estima, además, que la friolera de 120.000 millones de euros es el montante de recursos que anualmente se desvía hacia prácticas corruptas, posibles por relaciones político-empresariales irregulares. Una cifra que algunos consideran conservadora en la medida que equivale solo al 1% del PIB de la UE28. El informe considera que los dos ámbitos donde la corrupción está más arraigada son la adjudicación de contratos públicos y la financiación de los partidos políticos. Asimismo, señala que España es uno de los territorios europeos donde el problema de la corrupción se encuentra más generalizado.

¿Por qué no se soluciona en España lo que denuncian de forma recurrente estos informes? Una buena respuesta nos la proporcionan los autores del libro Qué hacemos con la financiación de los partidos (Maroto/Anderica/Baleato/Ongil) Argumentan que los poderes ejecutivo, legislativo y judicial se encuentran controlados hasta tal punto por las formaciones políticas que su independencia, esencia de una democracia de calidad, se ve claramente anulada. Ahí estaría el germen de la corrupción.

En el ámbito del poder legislativo, estos autores denuncian que son los propios partidos políticos los que en última instancia tienen que aprobar leyes que regulan y sancionan todo lo relacionado con la esfera de su financiación y su funcionamiento interno. ¿Se puede legislar razonablemente sobre estos temas cuando eres parte interesada? La sucesión de casos de corrupción que han afectado a todos los partidos mayoritarios en España, en la práctica totalidad de las legislaturas desde la instauración de la democracia, demuestra que las leyes aprobadas para regular estos asuntos no han sido ni suficientes ni eficaces. ¿Es transparente y accesible al público la información sobre financiación privada de los partidos políticos? ¿Es eficaz el control de las fundaciones y organizaciones vinculadas a las formaciones políticas? ¿Les resulta fácil o difícil eludir los límites a las donaciones privadas indicadas por la ley? ¿Se conocen con precisión las condiciones de condonación de créditos efectuadas por las entidades bancarias a los partidos políticos?...El conflicto de intereses no solo es manifiesto sino evidente.

También hablan de la existencia de mecanismos de impunidad limitadores de la acción del poder judicial en relación a la financiación de los partidos. De esta forma denominan a aquellos elementos perversos creados y consentidos por los propios partidos que contribuyen a eludir su responsabilidad en casos de corrupción. Hablan de contrasentidos como que la financiación ilegal de los partidos políticos no esté catalogada como delito; a la utilización de los medios de comunicación para estigmatizar a determinados jueces responsables de la instrucción de casos donde está implicado alguna formación política; a la existencia de determinadas figuras jurídicas como la prescripción de delitos fiscales (¿también la promulgación de amnistías fiscales?); a los bajos umbrales que el Código Penal establece para que un fraude sea considerado delito fiscal; a la limitadísima responsabilidad penal que la propia ley reconoce a los partidos políticos; a figuras anacrónicas como el indulto (¿también los aforamientos?); o a la aparente facilidad con la que se pueden impugnar los procedimientos probatorios utilizados en investigaciones complejas como las que, por lo general, requieren este tipo de casos.

En este escenario, resulta sintomático y muy preocupante que en España aquellos que han intentado determinar las causas y los responsables de casos de corrupción, presuntamente vinculados con financiación ilegal de partidos y adjudicación irregular de contratos públicos (Baltazar Garzón ¿también Pedro J. Ramírez?) que son, precisamente, los ámbitos donde la corrupción está más generalizada según los informes mencionados más arriba, se hayan convertido en víctimas de su propio interés por esclarecer los hechos. Triste panorama que revela una tendencia inquietante, aquél que se aventura a investigar, ya sea desde el ámbito judicial, el periodístico o cualquier otro tipo, es apartado de sus funciones. Además, de forma fulminante y con una violencia significativa, la que se ejerce utilizando mecanismos propios del Estado cuya instrumentalización es como mínimo ilegítima (utilización de la Fiscalía Anticorrupción, acusaciones de prevaricación, anulación de pruebas por obtención irregular de las mismas pero que muestran indicios de delito que además luego no se investigan, estrangulamiento de fuentes de financiación en medios de comunicación, etc) La sensación general de impunidad es un caldo de cultivo que retroalimenta las prácticas ilícitas.

Jesús Lizcano, presidente de Transparencia Internacional España, ha propuesto una serie de interesantes requisitos que los partidos políticos tendrían que cumplir mínimamente para ganarse el voto de los ciudadanos y facilitar la transformación de nuestro actual sistema político. Se trata de obligaciones de transparencia que las formaciones políticas tienen que cumplir, necesariamente, en el momento de convocatoria de los comicios y una serie de deberes adicionales que han de ser recogidos en sus programas electorales. Deberes a satisfacer en el curso de la legislatura. Necesaria reflexión que una ciudadanía activa y consciente tendríamos que considerar de cara a las próximas citas electorales que se celebrarán en Europa y en el ámbito autonómico español. Máxime, si pensamos que los partidos políticos son, aún, agentes que pueden propiciar un cambio hacia una sociedad más democrática e inclusiva. ¿Lo son?

Un peldaño más allá, los autores de Qué hacemos con la financiación de los partidos políticos ponen sobre la mesa otra reflexión ineludible para que esto deje de ser una estafa colectiva consentida y asumida por todos: ¿Qué es lo que esperamos y queremos de los partidos políticos? ¿Para qué sirven? ¿Para qué deben servir? ¿Realmente queremos partidos políticos?

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