lunes, 2 de febrero de 2015

Las Teresitas; el paradigma de una era corrupta (IV)


La edificación proyectada, diseñada y ejecutada en la Zona de la Cabecera de la Playa de las Teresitas, que alberga el uso de aparcamientos y locales comerciales ha quedado probada y es cosa juzgada (…) que es Ilegal, no susceptiblede legalización, no autorizable y se halla fuera de ordenación. 

Sentencia del Juzgado de instrucción de lo Penal nº 5 de Santa Cruz de Tenerife. 

Algunas cuestiones que parecen fundamentales: Si un juez dictamina que un edificio es ilegal conforme al planeamiento urbanístico vigente en ese momento ¿legalizarlo mediante una modificación del PGO que lo acomode según otros criterios urbanísticos no es, de alguna manera, hacer trampas? En otras palabras, ¿alterar el planeamiento para permitir que un edificio, que excede los metros cuadrados de ocupación permitidos; que además incumple las alineaciones y rasantes del proyecto original; que incluso invade la zona de servidumbre de protección; que también carece de un plan de tratamiento de aguas residuales y de los títulos habilitantes para terminar la obra; alterar el planeamiento, decíamos, incorporando todo ello para conservarlo en pie ¿no supone hacer un traje a media al inmueble? ¿Quién permite que esos nuevos criterios urbanísticos sirvan para legalizar un edificio? ¿A quién beneficia o perjudica?

Los intereses privados han logrado modelar y configurar el territorio, difuminando, a menudo, la divisoria entre lo que se considera espacio público y espacio privado en perjuicio del ciudadano y, por tanto, del interés general. En consecuencia, cambiar un PGO para encajar un edificio que es ilegal ¿no es utilizar el planeamiento urbanístico de forma interesada para refrendar el pillaje de algunos y otorgar, así, carta de naturaleza a que los intereses privados continúen tallando el territorio? ¿No significa este modo de actuar, instrumentalizar los PGOs y en consecuencia contribuir a que pierdan su función original? Más grave aún ¿Si una instancia judicial certifica y condena que un acto es ilegal, cambiar la ley para legalizar ese acto no implica anular la capacidad censora de esa instancia judicial? ¿Para qué sirve entonces la Justicia?

El edificio de aparcamientos y locales comerciales situado a la entrada de la playa de Las Teresitas, más conocido como el Mamotreto de Santa Cruz de Tenerife, va camino de convertirse en el Algarrobico de la Isla. El edificio, que formaba parte del proyecto de ordenación del frente marítimo de la playa que el arquitecto del Star System D. Perroult había diseñado para el área, comenzó a levantarse en la última época de Miguel Zerolo como alcalde. Después de varios plenos en el Ayuntamiento de la capital tinerfeña a favor de su derribo; luego de varias sentencias judiciales que avalan tumbarlo; con posterioridad a que numerosas movilizaciones ciudadanas hayan apoyado su eliminación; incluso después de que se hayan ratificado las sentencias, el edificio ahí sigue. En realidad, lo que parece es que lo que quieren algunos es mantenerlo en pie, y la campaña orquestada por algunos arquitectos y urbanistas, con la ayuda de algunos medios de comunicación invitan a pensar en ello.

El Juzgado de instrucción nº 5 de Santa Cruz de Tenerife, encargado de la instrucción del caso, dictó el pasado febrero del año 2014, sentencia según la cual dicha construcción debía ser derribada. El Juzgado consideró probado que los concejales implicados conocían que el edificio no podía ser construido y aún así lo permitieron. Además indicaba que el edificio no se podía recuperar de ningún modo, ni era legalizable y por ello la demolición era una obligación derivada del delito.

En noviembre pasado, el recurso del Juzgado de lo Penal nº5, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial emitía fallo que confirmaba el derribo del edificio de aparcamientos y las condenas a los concejales implicados. Sin embargo, indicaba que la parte de la construcción que no hubiera invadido la servidumbre de protección (al parecer unos 4.000 m2) podría legalizarse, con lo que solo unos 400 m2 serían demolidos. Para ello el edificio tenía que ajustarse a la legalidad vigente, o bien modificar el PGO con la aquiescencia de todas las adminitraciones implicadas. Una duda surge aquí; si un Juzgado de lo Penal había dictaminado que no era legalizable, ¿Cómo es posible que la Audiencia Provincial argumente que existe posibilidad de legalizarlo? Cosas del derecho.

El Caso Mamotreto forma parte de lo que se ha revelado como el paradigma de una era corrupta en Canarias, el caso Las Teresitas. Es una metáfora concentrada de la corrupción, la desidia, el oportunismo político, los intereses particulares, etc. Sorprende que el mamotreto no haya sido derribado aún dada su ilegalidad contrastada, pero llama más la atención que se acepte con tanta facilidad cambiar las leyes vigentes para dar acomodo a lo que es ilegal. Aunque, quizás, debíamos haberlo previsto en el país donde se recorta la normativa de forma interesada.

El pasado jueves día 29 de enero el informe jurídico de Urbanismo ratificaba que el Mamotreto de Las Teresitas es ilegalizable. Otro argumento más para tumbarlo, lo demás es legalizar la corrupción.

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